Page 35 - Artículo 1
P. 35
Año XXV, Número 46, julio 2025
Depósito Legal M-34.164-2001
ISSN 1695-6214
La fruta de la discordia: la crisis de las uvas envenenadas de 1989
los Estados Unidos ofrecieron compensar a Chile mediante beneficios arancelarios, 104
que fueron rápidamente rechazados por gobierno. 105 Poco después, al asumir la
presidencia el también democratacristiano Eduardo Frei, se optó por negociar
discretamente el asunto, a fin de no entorpecer un futuro acuerdo comercial entre Chile
y los EE.UU, semejante al NAFTA. 106 Así, John Biehl, embajador chileno en
Washington, pidió a todos esperar las negociaciones del gobierno, y no buscar
soluciones precipitadas al conflicto, 107 precisamente ante las expectativas de un
proyectado acuerdo comercial completo, 108 el que recién se concretaría con el Tratado
de Libre Comercio de 2003 (Seguel, p. 70-71).
Los exportadores, por su parte, decidieron apelar la sentencia del tribunal de
Filadelfia. El caso, referenciado en la literatura norteamericana como Balmaceda v.
United States, 109 logró una primera victoria parcial, pues en segunda instancia se
determinó que el Estado no gozaba de inmunidad, y por tanto los tribunales si podrían
conocer del caso. 110 Sin embargo esta nueva sentencia fue apelada por los abogados
de la administración norteamericana, y la Suprema Corte revocó dicha sentencia,
reafirmando la inmunidad de la FDA frente a las acciones tomadas contra la fruta
chilena; por lo tanto los tribunales no podían evaluar la proporcionalidad y racionalidad
del embargo adoptado en 1989. 111 Autores norteamericanos criticaron la sentencia, que
validó la discrecionalidad total de la administración frente a los particulares,
contradiciendo precedentes de larga data en cuanto a los límites legales y estatutarios
de las potestades de las agencias federales (Day, p. 494-495).
104 El Mercurio, 04 de febrero de 1994.
105 El Mercurio, 05 de febrero de 1995.
106 El Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), North American Free Trade Agreement
(NAFTA), en inglés, suscrito por México, Canadá y Estados Unidos en 1992, en vigor desde 1994.
107 La Segunda, 26 de diciembre de 1994.
108 El Mercurio, 23 de enero de 1996.
109 Para un comentario jurídico extenso sobre el caso de los exportadores se recomienda: Day (1994).
110 El Mercurio, 20 de abril de 1994.
111 La Tercera, 03 de octubre de 1995.
Historia Digital, XXV, 46, (2025). ISSN 1695-6214 © Gustavo Farfán Saldaña, 2025 P á g i n a | 35