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Año XXV, Número 46, julio 2025

       Depósito Legal M-34.164-2001
             ISSN 1695-6214


                                         La fruta de la discordia: la crisis de las uvas envenenadas de 1989



              los Estados Unidos ofrecieron compensar a Chile mediante beneficios arancelarios,           104
              que  fueron  rápidamente  rechazados  por  gobierno.      105   Poco  después,  al  asumir  la

              presidencia  el  también  democratacristiano  Eduardo  Frei,  se  optó  por  negociar

              discretamente el asunto, a fin de no entorpecer un futuro acuerdo comercial entre Chile
              y  los  EE.UU,  semejante  al  NAFTA.      106   Así,  John  Biehl,  embajador  chileno  en

              Washington,  pidió  a  todos  esperar  las  negociaciones  del  gobierno,  y  no  buscar
              soluciones  precipitadas  al  conflicto, 107   precisamente  ante  las  expectativas  de  un

              proyectado acuerdo comercial completo,      108  el que recién se concretaría con el Tratado
              de Libre Comercio de 2003 (Seguel, p. 70-71).



                     Los  exportadores,  por  su  parte,  decidieron  apelar  la  sentencia  del  tribunal  de
              Filadelfia.  El  caso,  referenciado  en  la  literatura  norteamericana  como  Balmaceda  v.

              United  States, 109   logró  una  primera  victoria  parcial,  pues  en  segunda  instancia  se
              determinó que el Estado no gozaba de inmunidad, y por tanto los tribunales si podrían

              conocer del caso.  110  Sin embargo esta nueva sentencia fue apelada por los abogados

              de  la  administración  norteamericana,  y  la  Suprema  Corte  revocó  dicha  sentencia,
              reafirmando  la  inmunidad  de  la  FDA  frente  a  las  acciones  tomadas  contra  la  fruta

              chilena; por lo tanto los tribunales no podían evaluar la proporcionalidad y racionalidad
              del embargo adoptado en 1989.      111  Autores norteamericanos criticaron la sentencia, que

              validó  la  discrecionalidad  total  de  la  administración  frente  a  los  particulares,
              contradiciendo precedentes de larga data en cuanto a los límites legales y estatutarios

              de las potestades de las agencias federales (Day, p. 494-495).




            104  El Mercurio, 04 de febrero de 1994.
            105  El Mercurio, 05 de febrero de 1995.
            106  El Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), North American Free Trade Agreement
            (NAFTA), en inglés, suscrito por México, Canadá y Estados Unidos en 1992, en vigor desde 1994.

            107  La Segunda, 26 de diciembre de 1994.
            108  El Mercurio, 23 de enero de 1996.
            109  Para un comentario jurídico extenso sobre el caso de los exportadores se recomienda: Day (1994).
            110  El Mercurio, 20 de abril de 1994.
            111  La Tercera, 03 de octubre de 1995.




                        Historia Digital, XXV, 46, (2025). ISSN 1695-6214 © Gustavo Farfán Saldaña, 2025                  P á g i n a  | 35
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