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Año XXV, Número 46, julio 2025

       Depósito Legal M-34.164-2001
             ISSN 1695-6214


                                         La fruta de la discordia: la crisis de las uvas envenenadas de 1989



                     Ambas demandas fueron presentadas en febrero de 1991, casi dos años después
              del incidente; el gobierno solicitó el pago de 246,5 millones de dólares, mientras que la

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                                                                                       99
              asociación de exportadores  exigió 212 millones en compensación.  El fundamento de
              ambas acciones fue precisamente la responsabilidad del Estado; especialmente debido
              a  que  la  administración  eligió  la  medida  más  gravosa  contra  los  exportadores,  en

              circunstancias que la supuesta amenaza pudo ser controlada mediante la retención del
              solo  cargamento  del  Almeria  Star  (Aróstica,  1989)  en  forma  análoga  a  las  acciones

              tomadas a propósito del caso de las naranjas israelíes contaminadas con cianuro (Day,
              p. 486-490).



                     En  ambas  demandas  la  defensa  estadounidense  fue  meramente  procesal,
              afirmado que el Estado gozaba de inmunidad por las acciones realizadas, las que se

              encontraban amparadas  por  la  ley,  tal y  como  señaló  en  su momento el  Government
              Accountability  Office.  Los  tribunales  norteamericanos  acogieron  la  tesis  fiscal,  y  las

              demandas presentadas por el gobierno chileno y los exportadores fueron rechazadas en

              primera instancia 100  (Engel).


                     A partir de este punto las acciones de cada sector tomaron vías separadas. El
              presidente Aylwin optó por una solución diplomática bilateral,    101  en el marco del Tratado

              para la Solución de Controversias Chile-Estados Unidos       102  de 1916, siguiendo en esto
              una política general de su gobierno.   103  Las negociaciones fueron extensas, y para 1994






            98  En la demanda de la asociación se incorporaron cerca de 3000 productores agrícolas, agrupados en 118
            empresas y cooperativas.
            99  El Mercurio, 01 de marzo de 1991.
            100  La Nación, 02 de enero de 1993.
            101  El Mercurio, 29 de agosto de 1991.
            102    Tratado   ratificado   mediante    la   Ley    N°3.060    de     1916.    Disponible   en:
            https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=23702
            103  A diferencia del régimen del general Pinochet, el presidente Aylwin prefirió resolver las diferencias de
            este tipo mediante los tribunales arbitrales. Así, Chile y Argentina optaron por este sistema para resolver la
            cuestión de límites sobre la Laguna del Desierto, donde se perdió totalmente el caso y Chile vio reducido su
            territorio.




                        Historia Digital, XXV, 46, (2025). ISSN 1695-6214 © Gustavo Farfán Saldaña, 2025                  P á g i n a  | 34
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