Page 31 - Artículo 1
P. 31
Año XXV, Número 46, julio 2025
Depósito Legal M-34.164-2001
ISSN 1695-6214
La fruta de la discordia: la crisis de las uvas envenenadas de 1989
La iniciativa fue despachada con suma urgencia a la Junta Militar, que la discutió
en sesión del 21 de marzo. En esa oportunidad el almirante Merino cuestionó duramente
la premura del Gobierno en obtener su aprobación, llegando a señalar que el mismo
ministro del Interior lo había llamado para consultar por la aprobación inmediata del
proyecto. Respecto a su contenido, el almirante manifestó que la propuesta estaba mal
redactada, “La persona que lo confeccionó no tenía idea de cómo hacer un proyecto, y
generalmente llegan así acá”, responsabilizando directamente al ministro de Hacienda
Hernán Büchi: “El único que lo firma es Büchi, y él no sabe nada de plantar árboles ni
92
de cosechar, etcétera. ¡Sabe solicitar, pero nada más!”. (1989, 21 de agosto, p. 5-7).
93
El proyecto fue aprobado en la sesión del 28 de marzo, tras ser reescrito
completamente por las comisiones legislativas de la Junta Militar, reemplazando el
artículo único original por una regulación exhaustiva, que fijo requisitos para acceder a
los beneficios por la pérdida de fruta, condiciones en que el Estado compraría la
94
producción, y sanciones en caso de obtención maliciosa de los préstamos. De esta
manera la Ley N°18.787 fue publicada en el Diario Oficial del 31 de marzo del mismo
95
año, con una vigencia de 180 días. Dicha norma fue relevante también por haber
dejado la imagen más recordada por los chilenos sobre la crisis; cientos de cajas de
uva, compradas por el gobierno, fueron regaladas a los habitantes de sectores
96
populares durante todo el mes de marzo. No hubo casos de personas afectadas
consumir las uvas chilenas, en ningún lugar del mundo.
92 A fines de ese mismo año Hernán Büchi postuló infructuosamente a la presidencia de Chile.
93 Acta 03/89 de la Junta Militar de Gobierno, del 21 de marzo de 1989, p. 5-7.
94 Acta 04/89 de la Junta Militar de Gobierno, del 28 de marzo de 1989, p. 7-12.
95 Ley N°18.787, que autoriza al Presidente de la República para otorgar préstamos, adquirir parte de la
producción exportable o conceder indemnizaciones, destinados a paliar los perjuicios sufridos por la
actividad hortofrutícola en la comercialización de sus productos en los mercados exteriores.
https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=30166
96 El Mercurio de Valparaíso, 21 de marzo de 1989.
Historia Digital, XXV, 46, (2025). ISSN 1695-6214 © Gustavo Farfán Saldaña, 2025 P á g i n a | 31