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Año XXVI, Número 47, enero 2026
Depósito Legal M-34.164-2001
ISSN 1695-6214
El nacionalismo aragonés desde sus orígenes
rechaza que la independencia sea la solución para reparar los problemas de Aragón,
pero sin embargo sí que defiende la idea de un Estado Federal, lo cual contrasta con la
Confederación de naciones ibéricas que plantea Gaspar Torrente. Calvo Alfaro usa un
vocabulario más moderado, hablando más de nacionalidad que de nación. Alfaro cree
que la existencia de España es compatible con la autonomía de Aragón, rechazando el
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centralismo español pues ello está llevando a la desaparición de Aragón (Peiró Arroyo
y Pinilla, 1981).
Durante la dictadura de Primo de Rivera, el aragonesismo perdió su carácter
reivindicativo, viéndose desactivado, aunque, finalizada estas y tras un tiempo, las
tensiones políticas sobre el encaje territorial de Aragón en el conjunto de la nación
20
española tuvieron lugar durante la II República , donde se enfrentaron las posiciones
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del Estatuto de Caspe (de inspiración progresista) y el Estatuto de los Nobles,
19 Para Alfaro, el aragonesismo es “la afirmación de la personalidad aragonesa como función nacionalista
dentro de las colectividades ibéricas”. El Ebro, número 51, 20 de abril de 1921.
20 Durante la II República un hecho significativo fue el auge del sentir autonomista, donde hubo un cierto
patrocinio por parte de la izquierda de campañas para fomentar el consumo de productos aragoneses.
Pero tampoco tras la proclamación de la República, “único descuaje del caciquismo”, cambió el viejo
discurso de regeneracionismo sobre el Aragón anticaciquil ni los lamentos por el pasado histórico
(Forcadell Álvarez, 1998).
21 Gaspar Torrente fue uno de los instigadores para que tuviese lugar el congreso autonomista de Caspe. El
Congreso de Caspe de mayo de 1936, debatió las Bases de Gobierno de Aragón que se habrían
aprobado por la Asamblea Regionalista en Zaragoza en diciembre de 1919. El carácter nacionalista de
las bases de 1919 se perdió en las de 1936, pues intentaban ajustarse a la legislación republicana. Tras
la celebración del Congreso se realizó un redacción sobre el futuro Estatuto de Aragón, un anteproyecto
que establecía un Gobierno de Aragón, con plenas competencias en áreas como ferrocarriles, sindicatos,
servicios agrarios, obras públicas etc., además de ejecutar otras atribuidas al Gobierno de la República.
Dicho Gobierno, estaría formado por un presidente, un Consejo Ejecutivo. El Gobierno sería financiado a
través de los impuestos que estableciese, los cobrados hasta el momento por las diputaciones
provinciales, los cedidos por la República y una parte de los no cedidos (Peiró Arroyo, 1988). Podemos
establecer, en definitiva, que era un régimen que gozaría de cierta autonomía, un propósito que se
definía como un proyecto de los más ambiciosos de los elaborados hasta ese momento. Un anteproyecto
Historia Digital, XXVI, 47, (2026). ISSN 1695-6214 © G. Gracia Guinovart, 2026 P á g i n a | 70

